logo-pri

Comité Directivo Estatal

AGUASCALIENTES

El Comité Directivo Estatal, en atención a lo acordado por el Consejo Político Municipal de Aguascalientes, Ags. en su Sesión Ordinaria de fecha 25 de Septiembre del 2009 y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 125, 130 fracción III, 151, 159, 160 161, 162, 163, 164 y demás relativos de los Estatutos, así como lo conducente, de los artículos 2, 3, 4, 6, 7, 8,  9, 18, 20, 38, 39, 45, 46 y 47 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos; al igual que los artículos del 1º al 9º y demás relativos del Reglamento de Medios de Impugnación; y

C o n s i d e r a n d o

Que el Partido Revolucionario Institucional es un Partido político nacional, popular, democrático, progresista e incluyente, comprometido con  las causas de la sociedad; los superiores intereses de la Nación.

Que con fecha 22 de Diciembre del 2005, con fundamento en lo dispuesto en los Estatutos vigentes, se eligió mediante el procedimiento de Asamblea de Consejeros Políticos al C. FRANCISCO DIAZ ALVARADO como Presidente y a MA. GABRIELA PUEBLA PRECIADO como Secretaria General del Comité Municipal de  AGUASCALIENTES, AGS.

Que la Convocatoria establece mecanismos de participación de los sectores, las organizaciones de mujeres y de jóvenes, del Movimiento Territorial, de los órganos de dirección del Partido en el municipio y demás instancias partidarias, así como, fundamentalmente, de los militantes y los simpatizantes que constituyen la fuerza de nuestro Instituto Político;

Que la unidad del Partido estará garantizada con el establecimiento de reglas claras y conocidas por todos; equitativas que generen igualdad de condiciones en la competencia; y transparentes, pero, sobre todo, por normas que sean respetadas por toda la militancia y, particularmente, por los contendientes atendiendo al interés superior del Partido Revolucionario Institucional; y

Que la Convocatoria y demás instrumentos normativos han de propiciar la organización y desarrollo de un proceso claro, en el que la imparcialidad de los órganos de conducción esté garantizada.

Que, el Comité Directivo Estatal está comprometido con los acuerdos emanados de la XX Asamblea Nacional Ordinaria, en el sentido de privilegiar los procedimientos democráticos en la elección de dirigentes partidarios y garantizar los principios de certeza, legalidad, imparcialidad y objetividad.

Que, la unidad del Partido se garantiza acatando plenamente lo establecido por el Estatuto  y con lo cual se propicia una vida partidista institucional y con estricto apego a la legalidad.

Que en sesión ordinaria celebrada el 25 de Septiembre de los corrientes, el Consejo Político Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., para que en términos del artículo 159, la elección de Presidente y Secretario General  se realice por el procedimiento de ASAMBLEA DE CONSEJEROS POLÍTICOS y que el  Comité Directivo Estatal emita la Convocatoria respectiva.

Por lo anteriormente  fundado y motivado, el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en AGUASCALIENTES, AGS.,

C o n v o c a:

A los integrantes del Consejo Político Municipal y a los Consejeros Políticos Estatales y Nacionales del Partido Revolucionario Institucional, con residencia en el Municipio de Aguascalientes, Ags.,  a constituirse en Asamblea de Consejeros Políticos, para la elección del Presidente(a) y Secretario(a) General del Comité Municipal  de AGUASCALIENTES, AGS., para cubrir período estatutario  2009 - 2012, la cual se desarrollará conforme a las siguientes:

B a s e s

Del inicio y término del proceso.

PRIMERA.- El proceso interno para la elección del Presidente(a) y Secretario(a) General  del Comité Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., inicia con la expedición de la presente Convocatoria y concluye con la declaración de validez de la elección y entrega de la  constancia de mayoría a la fórmula que resulte electa por mayoría de votos.

Del órgano responsable de conducir el proceso.

SEGUNDA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos es el órgano responsable de organizar, conducir y validar el procedimiento que norma esta Convocatoria, así como de proveer lo conducente para garantizar los principios rectores de certeza, legalidad, imparcialidad y objetividad en el desarrollo del mismo. La Comisión Estatal de Procesos Internos coadyuvará con la Comisión Municipal de Procesos Internos en los términos estatutarios.

La Comisión Municipal de Procesos Internos tendrá su sede en Adolfo López Mateos No. 609 Ote. Colonia el Llanito, Planta Baja; con un horario de las 10:00 a las 14:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas en las oficinas del Comité Municipal, en días hábiles.

Del procedimiento de elección.

TERCERA.- En los términos del artículo 159 de los Estatutos que rigen la vida interna del Partido Revolucionario Institucional, fracción II, inciso b), y al acuerdo del Consejo Político Municipal, el procedimiento para la elección del Presidente (a) y del Secretario (a) General del Comité Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., será el de ASAMBLEA DE CONSEJEROS POLÍTICOS del Partido Revolucionario Institucional.

De los requisitos que deberán acreditar los aspirantes.

CUARTA.- Los aspirantes que deseen registrarse como candidatos a Presidente(a)  y Secretario(a) General del Comité Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., para cubrir el período 2009 - 2012, deberán cumplir con los requisitos y condiciones previstos en los artículos 151 y 163 de los Estatutos.

Los Formatos para registro de los aspirantes serán puestos a disposición de los interesados por la Comisión Municipal de Procesos Internos a partir del día 05 de noviembre y hasta la fecha señalada para la recepción de solicitudes de registro.

Del registro de fórmulas de candidatos

QUINTA.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 160 de los Estatutos del Partido, la solicitud de registro será presentada por fórmula, integrada por un militante como candidato a Presidente (a) y otro militante como candidato a Secretario (a) General.

En los términos que disponen los artículos 37 y 153 de los Estatutos de nuestro Partido, los cargos de dirigencia de los comités municipales, obligan la paridad de género.

SEXTA.- El registro de aspirantes se llevará a cabo en el Comité Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., con Domicilio   en Avenida Adolfo López Mateos No. 609 ote. Colonia el Llanito de esta Ciudad, el día 15 de noviembre del año 2009  a partir de las 10:00 y hasta las 14:00 Horas.

La  Comisión Municipal de Procesos Internos expedirá a más tardar el día 15 de noviembre de 2009 los dictámenes mediante los cuales se acepta o niega la solicitud de registro, lo que notificará por estrados a los solicitantes del sentido del dictamen.

SEPTIMA.- En caso de dictaminarse procedente a una sola solicitud de registro, la Comisión Municipal de Procesos Internos, declarará la validez del proceso y Presidente y Secretario General electos, a la fórmula de candidatos registrados, procediéndose a entregar la constancia de mayoría respectiva y a informar a la Presidencia del Consejo Político Municipal, para los efectos de la toma de protesta.

De la integración de la Asamblea de Consejeros Políticos.

OCTAVA.- La Constitución de la Sesión Ordinaria de la Asamblea de Consejeros Políticos se integra por los miembros a que se refiere el Artículo 129 de los Estatutos, quienes tendrán derecho a emitir su voto.

NOVENA.- La Sesión Ordinaria de la Asamblea de Consejeros Políticos del Municipio de AGUASCALIENTES, AGS, del Partido Revolucionario Institucional se celebrará el día       26 de noviembre del año 2009 a  partir de las 17:00 horas, en el edificio del Comité Municipal, sito en Domicilio en Avenida Adolfo López Mateos No. 609 ote. Colonia el Llanito de esta Ciudad AGUASCALIENTES, AGS.

Los consejeros políticos convocados se acreditarán debidamente mediante la credencial de elector con fotografía expedida por el Instituto Federal Electoral, para certificar su pertenencia al Consejo.

Del desarrollo de la Asamblea de Consejeros Políticos.

DÉCIMA.- Los integrantes de la Asamblea de Consejeros Políticos se reunirán en la  sede prevista en la Base Novena y tendrán como único propósito elegir al Presidente(a)  y Secretario(a) General del Comité Municipal de AGUASCALIENTES, AGS., para cubrir el periodo estatutario 2009-2012.

La Sesión Ordinaria será presidida por 2 Representantes de la Comisión Estatal de Procesos Internos, el Presidente de la Comisión Municipal de Procesos Internos y el Presidente y Secretario del Consejo Político Municipal.

El orden del día para el proceso de elección será el siguiente:

  • Registro de Asistencia
  • Declaración del Quórum Legal
  • Informe del Presidente de la CMPI, para dar a conocer quienes participan;
  • Intervención de cada uno de los aspirantes para dar a conocer al Pleno su Programa de Trabajo. El orden de la participación de los candidatos será sorteado ante el pleno de los asistentes, debiendo hacer uso de la palabra por un término máximo de diez minutos POR FÓRMULA, sin réplica, ni interrupciones. El mensaje deberá ser respetuoso, analítico y propositivo.
  • Votación libre, personal, directa, secreta e intransferible de los consejeros llamados en forma nominal para que depositen su voto en las urnas trasparentes colocadas para tal propósito;
  • Escrutinio y cómputo de la votación;
  • Informe de los resultados de la elección;
  • Toma de protesta estatutaria.

De la documentación y material electoral.

DÉCIMA PRIMERA.- La Comisión Municipal de Procesos Internos, acordará las características de las boletas electorales, urnas, mamparas, actas y demás documentación electoral que se requiera para el desarrollo del proceso.

De los Medios de Impugnación.

DÉCIMA SEGUNDA.- Contra la negativa de recibir la solicitud de registro; y los resultados del cómputo, son procedentes los recursos de protesta y queja que prevén los Títulos VI y VII del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos, y el recurso de apelación normado en el Reglamento de Medios de Impugnación.

De la toma de protesta estatutaria.

DÉCIMA TERCERA.- El (la) Presidente(a)  y el (la) Secretario(a) General electos rendirán  protesta en los términos que dispone el artículo 165 de los Estatutos.

TRANSITORIO:

UNICO.- La presente Convocatoria entrará en vigor el día de su expedición y se le dará la mayor difusión posible.

Aguascalientes, Ags. a 04 de Noviembre del 2009.

“Democracia y Justicia Social”

Por el Comité Directivo Estatal.

Lic. Isidoro Armendáriz García

Presidente

Lic. Elsa Amabel Landín Olivares

Secretaria General

Bajar el documento en formato PDF